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Adaptación a la LOPD (Ley Oficial de Protección de Datos)
Básicamente, esta Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre , nació con el fin de respetar el derecho a la intimidad y la privacidad de las personas, para ello, toda empresa, profesional autónomo u organización de cualquier tipo, que posea datos de carácter personal (de sus clientes, proveedores, personal, etc), tanto si éstos están mecanizados como si se tratan manualmente, están obligados a declarar esos datos y registrarlos en la Agencia Española de Protección de Datos.
El hecho de que últimamente esté tan en boca de todos esta Ley, hasta hace poco desconocida por muchos, es debido a que de forma cada vez más habitual están multando a todo aquel que la incumpla, con el fin de que se aplique y se tome en serio. Y es que en este caso conviene aplicarse el famoso refrán que dice “Cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar”
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El no cumplir esta Ley implica sanciones que oscilan entre los 600 y 600.000 Euros, dependiendo de la gravedad que la Agencia de Protección de Datos estime en cada caso, siendo la sanción media de 60.000 Euros. Los incumplimientos más frecuentes son: el tratamiento "sin consentimiento" de los datos para finalidades distintas a las que se tomaron, tratar la información de forma inexacta, o vulnerar el derecho a guardar el secreto de los datos, pero también las cesiones ilícitas.
En la propia Web de la Agencia Española de Protección de Datos: www.agpd.es , se pueden ver algunas resoluciones de las sanciones que a diario imponen a empresas aún no adaptadas.
Para ello descargue el siguiente FICHERO, cumpliméntelo y háganoslo llegar por Email a: info@programa-de-gestion.com. En breve le haremos llegar un presupuesto personalizado.